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miércoles, 30 de mayo de 2012

APUNTES SOBRE EL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL DE MALAMBO.


Empecemos recordando que la administración municipal contrato la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal con la Fundación Huellas de esta localidad, por un costo de $43. Millones y  cuando todos pensábamos que el proyecto lo realizaría o al menos lo asesorara el experto en esta clase de proyectos Dr. Luís Fernando López López,  amigo de la fundación y asesor permanente de los candidatos en campaña y quien si estuvo 100% al frente del proceso en el plan de desarrollo del ex alcalde Adolfo Bernal, pero curiosamente no fue así. Luego entonces me pregunto ¿si tiene fundación Huellas el personal con la experiencia suficiente para realizar un proyecto tan ambicioso y determinante para la administración municipal?

No deja de preocupar al momento de revisar lo elaborado que la ley 1098 de 2006 Exhorta a los alcaldes y gobernadores para que dentro de los primeros cuatro (4) meses de su mandato, realicen el diagnóstico de la situación de la niñez y la adolescencia en sus departamentos y municipios, a fin de establecer las problemáticas prioritarias que deberán atender en su Plan de Desarrollo, así como, determinar las estrategias a corto, mediano y largo plazo que se implementarán para ello. Lamentablemente hasta ahora y según lo evaluado por nuestros asesores esto no esta incluido en el plan de desarrollo municipal.

Igualmente la ley 1098 de 2006, insta a  los Concejos para que antes de aprobar el plan de desarrollo y de inversión, verifiquen que éste corresponda con los resultados del diagnóstico realizado, el cual es uno de los insumos básicos para concretar prioridades de política, estrategias y mecanismos de seguimiento a partir de las respectivas líneas de base. La pregunta es. Si no se hizo el diagnostico de infancia. ¿Que verifico el Concejo?

Por otro lado en lo referente a el justo reclamo de la étnia Mokana de Malambo y teniendo en cuenta que la Ley 152 de 1994 exige la representación de los grupos étnicos en el Consejo Territorial de Planeaciòn (CTP) hasta  tanto  se  conformen  las  Entidades Territoriales  Indígenas      sus  respectivos Consejos Consultivos de Planeación, resulta imperativo que se garantice para estos representantes el derecho constitucional (Art. 340 de la Constitución Política) a la participación comunitaria para la planeación y el control social de las políticas de desarrollo económico, social, político, cultural y territorial.

La participación del delegado o delegada de los pueblos indígenas en el CTP goza de estándares adicionales que le confieren unas cualidades especiales, por cuenta de la protección especial reconocida constitucionalmente y reforzada jurisprudencialmente en vista de las amenaza de desaparición física y cultural que se ciernen sobre los pueblos indígenas y eso no se consulto con el gobernador indígena del cabildo Mokana de Malambo.

El Gobierno de Juan Manuel Santos debió consultar con los pueblos indígenas, en el marco de la Mesa Permanente de Concertación, el capítulo étnico del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para todos”, de lo cual da fe el artículo 273 de la Ley 1450 de 2011:

“ARTÍCULO 273°. PROTOCOLIZACIÓN DE LAS CONSULTAS PREVIAS. Harán parte integral de este Plan Nacional de Desarrollo, los contenidos del anexo IV.C.1-1,  Protocolización de la Consulta Previa al Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 con Grupos Étnicos". Este anexo se sustenta en: el Acta de la consulta previa sobre el tema de Pueblos indígenas, el Acta de consulta de previa con las Comunidades Negras, Afro colombianas, Palanqueras y Raízales, el Acta de consulta con el Pueblo Rom, las cuales fueron firmadas  al cabo  de  procesos  desarrollados,  de  manera excepcional   concertadamente,  en  las instancias. de interlocución entre el Gobierno Nacional y los representantes de grupos étnicos en la Comisión Consultiva de Alto nivel de Comunidades Negras, Afro colombianas, Raizales y Palanqueras; Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas y, la Comisión Nacional de diálogo con El Pueblo Rom o Gitano.”

En Malambo se hizo  pero en el Concejo y de manera muy apresurada ante la amenaza del gobernador indígena local de tumbar el Plan de Desarrollo. Hecho que puso a correr a todos para cumplir con las peticiones de la etnia, pero aun así  se quedaran muchos temas relevantes para el Cabildo.

Cambiando a otros aspectos no menos interesantes dentro del Plan de Desarrollo Municipal, resulta demasiado preocupante  que las deudas por concepto de pasivos exigibles por $60.000 millones que enfrenta la administración municipal y que para nadie es un secreto, pero que curiosamente no se ven por ningún lado en el plan de desarrollo 2012 – 2015. Entonces pregunto. Como ejecutaran esos planes si el plan vale 50.000 millones por año y se deben 60.000 millones, si no hay una estrategia transversal financiera en el plan de desarrollo?


Lamentablemente son muchos los detalles que presenta el proyecto. Pero la principal preocupación tiene que ver con la financiación de este plan del Cambio, porque pretender endeudar a Malambo requiere un insondable análisis. Percibo con intranquilidad que el secretario de Hacienda no tiene luminosidad de dónde se van a sacar los recursos para financiar el plan y la deuda. O será que solo se quiere cumplir con la norma, sin importar los verdaderos objetivos que debe perseguir esta clase de procesos?


Alex Miranda Ch
Periodista.


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