Empecemos recordando que la administración municipal contrato
la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal con la Fundación Huellas de
esta localidad, por un costo de $43. Millones y cuando todos pensábamos que el proyecto lo realizaría
o al menos lo asesorara el experto en esta clase de proyectos Dr. Luís Fernando
López López, amigo de la fundación y
asesor permanente de los candidatos en campaña y quien si estuvo 100% al frente
del proceso en el plan de desarrollo del ex alcalde Adolfo Bernal, pero
curiosamente no fue así. Luego entonces me pregunto ¿si tiene fundación Huellas
el personal con la experiencia suficiente para realizar un proyecto tan
ambicioso y determinante para la administración municipal?
No deja de preocupar al momento de revisar lo elaborado que
la ley 1098 de 2006 Exhorta a los alcaldes
y gobernadores para que dentro de los primeros cuatro (4) meses de su mandato,
realicen el diagnóstico de la situación de la niñez y la adolescencia en sus
departamentos y municipios, a fin de establecer las problemáticas prioritarias
que deberán atender en su Plan de Desarrollo, así como, determinar las
estrategias a corto, mediano y largo plazo que se implementarán para ello. Lamentablemente
hasta ahora y según lo evaluado por nuestros asesores esto no esta incluido en
el plan de desarrollo municipal.
Igualmente la ley 1098 de 2006, insta a los Concejos para que antes de aprobar
el plan de desarrollo y de inversión, verifiquen que éste corresponda con los
resultados del diagnóstico realizado, el cual es uno de los insumos básicos
para concretar prioridades de política, estrategias y mecanismos de seguimiento
a partir de las respectivas líneas de base. La pregunta es. Si no se hizo el
diagnostico de infancia. ¿Que verifico el Concejo?
Por otro lado en lo referente a el justo reclamo de la étnia
Mokana de Malambo y teniendo en cuenta que la Ley 152 de 1994 exige la representación de los
grupos étnicos en el Consejo Territorial de Planeaciòn (CTP) hasta tanto se conformen las Entidades Territoriales Indígenas y sus respectivos Consejos Consultivos
de Planeación, resulta imperativo que se garantice para estos representantes el
derecho constitucional (Art. 340 de la Constitución Política )
a la participación comunitaria para la planeación y el control social de las
políticas de desarrollo económico, social, político, cultural y territorial.
La participación del delegado o delegada de los pueblos
indígenas en el CTP goza de estándares adicionales que le confieren unas
cualidades especiales, por cuenta de la protección especial reconocida
constitucionalmente y reforzada jurisprudencialmente en vista de las amenaza de
desaparición física y cultural que se ciernen sobre los pueblos indígenas y eso
no se consulto con el gobernador indígena del cabildo Mokana de Malambo.
El Gobierno de Juan Manuel Santos debió consultar con los
pueblos indígenas, en el marco de la Mesa Permanente de Concertación, el
capítulo étnico del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para
todos”, de lo cual da fe el artículo 273 de la Ley 1450 de 2011:
“ARTÍCULO 273°. PROTOCOLIZACIÓN DE LAS CONSULTAS PREVIAS.
Harán parte integral de este Plan Nacional de Desarrollo, los contenidos del
anexo IV.C.1-1, Protocolización
de la Consulta Previa
al Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 con Grupos Étnicos". Este anexo
se sustenta en: el Acta de la consulta previa sobre el tema de Pueblos
indígenas, el Acta de consulta de previa con las Comunidades Negras, Afro
colombianas, Palanqueras y Raízales, el Acta de consulta con el Pueblo Rom, las
cuales fueron firmadas al cabo de procesos desarrollados, de manera excepcional y concertadamente, en las instancias. de interlocución entre
el Gobierno Nacional y los representantes de grupos étnicos en la Comisión Consultiva
de Alto nivel de Comunidades Negras, Afro colombianas, Raizales y Palanqueras;
Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas y, la Comisión Nacional
de diálogo con El Pueblo Rom o Gitano.”
En Malambo se hizo pero en el Concejo y de manera muy apresurada
ante la amenaza del gobernador indígena local de tumbar el Plan de Desarrollo.
Hecho que puso a correr a todos para cumplir con las peticiones de la etnia,
pero aun así se quedaran muchos temas
relevantes para el Cabildo.
Cambiando a otros aspectos no menos interesantes dentro del
Plan de Desarrollo Municipal, resulta demasiado preocupante que las deudas por concepto de pasivos
exigibles por $60.000 millones que enfrenta la administración municipal y que
para nadie es un secreto, pero que curiosamente no se ven por ningún lado en el
plan de desarrollo 2012 – 2015. Entonces pregunto. Como ejecutaran esos planes
si el plan vale 50.000 millones por año y se deben 60.000 millones, si no hay
una estrategia transversal financiera en el plan de desarrollo?
Lamentablemente son muchos
los detalles que presenta el proyecto. Pero la principal preocupación tiene que ver
con la financiación de este plan del Cambio, porque pretender endeudar a
Malambo requiere un insondable análisis. Percibo con intranquilidad que el
secretario de Hacienda no tiene luminosidad de dónde se van a sacar los
recursos para financiar el plan y la deuda. O será que solo se quiere cumplir
con la norma, sin importar los verdaderos objetivos que debe perseguir esta
clase de procesos?
Alex Miranda Ch
Periodista.
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